Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Mostrando solo tesis del 01/12/2007
Tesis
Registro digital: 33562
Clave: V-TASR-III-3015
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY DEL SEGURO SOCIAL
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/12/2007 00:00
SOLICITUD DE REINTEGRO DE GASTOS MÉDICOS, EFECTUADO POR EL PATRÓN, PROCEDENCIA DEL JUICIO DE NULIDAD
PROCEDENCIA DEL JUICIO DE NULIDAD.- El juicio contencioso administrativo es procedente en contra del reintegro por erogación por concepto de gastos médicos realizada por el patrón a consecuencia de la falta o deficiencia en la prestación del servicio de seguridad social, en virtud de las reformas efectuadas a la Ley del Seguro Social, en especial al artículo 295, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 20 diciembre de 2001, así como la adición de la fracción XV, en el diverso 11, de la Ley Orgánica de este Tribunal, publicada en el mismo órgano de difusión el 31 de diciembre de 2000; en el caso particular se aprecian dos supuestos; en el primero; que los litigios que se susciten entre el Instituto Mexicano del Seguro Social y los patrones y demás sujetos obligados, se ventilarán ante este Tribunal Contencioso; en el segundo; que la competencia de éste, la podrá delimitar una normatividad expresa, vinculando las anteriores, existiendo ordenamiento expreso, es decir, el artículo 295 de la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social, le otorga competencia al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa el resolver el fondo de una controversia, dicha hipótesis se encuadra en lo previsto en la fracción XV, del artículo 11 de la Ley Orgánica del anterior Tribunal, esto sin perjuicio que el acto impugnado en este caso, no sea de las materias especificadas en las fracciones previstas en dicho ordenamiento. (3) Juicio Contencioso Administrativo Núm. 19322/06-17-03-8.- Resuelto por la Tercera Sala Regional Metropolitana del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 84. Diciembre 2007. p. 151