Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 33733
Clave: VI-TASR-XXVI-2
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY DEL SEGURO SOCIAL
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/04/2008 00:00
LIQUIDACIONES DE CUOTAS OBRERO PATRONALES EMITIDAS POR EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.- EL DISCO COMPACTO QUE LAS CONTIENE ES APTO PARA ACREDITAR SU EXISTENCIA CUANDO EL PATRÓN NIEGUE CONOCERLAS, SIEMPRE Y CUANDO HAYA SIDO DEBIDAMENTE NOTIFICADO A ÉSTE SATISFACIENDO LOS REQUISITOS LEGALES.- El disco compacto que contiene las cédulas de liquidación de cuotas obrero patronales respecto de créditos fiscales determinados por el Instituto Mexicano del Seguro Social, goza de valor probatorio pleno de conformidad con lo dispuesto por el artículo 210-A del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria acorde a lo dispuesto por el artículo 1° de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con el numeral 40 de la Ley del Seguro Social, según el cual las notificaciones de las cédulas de liquidación de cuotas emitidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social, podrán realizarse por medios magnéticos, digitales, electrónicos, ópticos, magneto ópticos o de cualquier otra naturaleza, en cuyo caso, en sustitución de la firma autógrafa se emplearán medios de identificación electrónica, y producirán los mismos efectos que la notificación firmada autógrafamente y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio que las disposiciones legales aplicables otorgan a ésta, y son aptos para acreditar la existencia de la resolución determinante del crédito fiscal siempre que el Instituto Mexicano del Seguro Social compruebe que se notificó al patrón obligado o a un autorizado expresamente por éste, cumpliendo con los requisitos que para este tipo de notificaciones exige el artículo 40 de la Ley del Seguro Social. (13) Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1407/07-12-02-5.- Resuelto por la Segunda Sala Regional de Oriente del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año I. No. 4. Abril 2008. p. 286