Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 33882
Clave: VI-TASR-XLI-1
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/06/2008 00:00
INFRACCIÓN INSTANTÁNEA. TIENE TAL CARÁCTER LA AUTORIZACIÓN DE UNA LÍNEA DE CRÉDITO CONTRA LA NORMATIVIDAD APLICABLE
LÍNEA DE CRÉDITO CONTRA LA NORMATIVIDAD APLICABLE.- Atendiendo el precedente sustentado por el Pleno de la Sala Superior -vinculativo en principio para esta Juzgadora- con Número V-P-SS-108, en sesión de fecha 28 de marzo de 2001, por unanimidad de 9 votos, que se publicó por su Revista, en la Quinta Época. Año I. No. 11. Noviembre 2001, Página: 50, cuyo rubro es el siguiente: "PRESCRIPCIÓN EN MATERIA DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS.- PARA DETERMINAR SI UNA INFRACCIÓN ES CONTINÚA, DEBE ESTARSE A LA CONSUMACIÓN DE LA MISMA Y NO A LOS EFECTOS O CONSECUENCIAS QUE PUDIERA GENERAR.", tratándose de la imputación que haga el Órgano Interno de Control del Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura, consistente en la posible autorización de una línea de crédito, sin reunir los requisitos previstos por la normatividad aplicable, la conducta infractora sin duda es de carácter instantáneo, ya que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 7°, del Código Penal Federal, aplicable supletoriamente a la materia, en términos de lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, la conducta reprochada se realiza a partir de la fecha en que se suscribió tal autorización, y por ende es a partir de tal fecha cuando inicia el cómputo del plazo de prescripción previsto por el artículo 78, fracción II de la precitada ley, sin que por las consecuencias de la autorización, como por ejemplo, el dictamen favorable y el pago de garantías a favor de la Banca, pueda considerarse que se trata de una infracción continua, pues éstos trámites derivan de la autorización del crédito emitida en un principio. (14) Juicio Contencioso Administrativo Núm. 3213/06-21-01-3.- Resuelto por la Sala Regional del Pacífico Centro del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año I. No. 6. Junio 2008. p. 335