Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 34051
Clave: V-TASR-XXXI-3191
Época: Sexta Época
Materia(s): REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/09/2008 00:00
COMPETENCIA
RECAUDACIÓN, PARA DETERMINAR LA PÉRDIDA DE LOS BENEFICIOS OTORGADOS EN EL DECRETO POR EL QUE SE CONDONAN LOS ADEUDOS PROPIOS DERIVADOS DE IMPUESTOS FEDERALES, ASÍ COMO SUS ACCESORIOS, A LOS CONTRIBUYENTES QUE SE DEDIQUEN EXCLUSIVAMENTE A ACTIVIDADES AGRÍCOLAS, GANADERAS, PESQUERAS O SILVÍCOLAS, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EL DÍA 03 DE ENERO DE 2003.- Del contenido de los artículos 9, 25 y 27 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, del Decreto por el que se condonan los adeudos propios derivados de impuestos federales, así como sus accesorios, a los contribuyentes que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día 03 de enero de 2003, y de las Reglas que van de la 12.1 a 12.11 de la Resolución Miscelánea para el ejercicio fiscal 2006, no se advierte la facultad conferida a los Administradores Locales de Recaudación para determinar que los contribuyentes del sector primario han perdido los beneficios otorgados en el citado Decreto. Por tanto, dichas autoridades son incompetentes de conformidad con el artículo 51, fracción I, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, para emitir resoluciones en las que revoquen las condonaciones de adeudos otorgados a través del mencionado Decreto, a los contribuyentes que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas. (26) Juicio Contencioso Administrativo Núm. 202/07-03-01-6.- Resuelto por la Sala Regional del Noroeste III del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año I. No. 9. Septiembre 2008. p. 511