Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 34055
Clave: VI-J-SS-5
Época: Sexta Época
Materia(s): REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
Tipo: Jurisprudencia, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/10/2008 00:00
SEGURO SOCIAL. SUFICIENTE FUNDAMENTACIÓN EN LAS RESOLUCIONES IMPUGNADAS QUE EMITEN.- El artículo 2°, primer párrafo, fracción VI, inciso b), del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social establece que las Subdelegaciones son órganos operativos del Instituto Mexicano del Seguro Social; por lo que si en las cédulas de liquidación que emitan tales Subdelegaciones, invocan tal disposición, así como los diversos artículos 150, que se refiere a las atribuciones que corresponden a las Subdelegaciones, dentro de las cuales se encuentra la de determinar, emitir, notificar y cobrar cédulas de liquidación por concepto de cuotas obrero patronales, capitales constitutivos, actualización, recargos y multas, y 155 del mismo Reglamento, que establece la circunscripción territorial de las Subdelegaciones, y al efecto se cita la fracción y el inciso, de dicho artículo, exactamente aplicable a la circunscripción territorial de la autoridad emisora; se debe tener por suficientemente fundadas las resoluciones impugnadas. Sin que sea necesario que se invoquen los artículos 142, fracción II, y 149 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, los cuales señalan que las Subdelegaciones son órganos operativos de las delegaciones de dicho Instituto, en virtud de que el artículo 2°, primer párrafo, fracción VI, del Reglamento Interior hace referencia expresa a que las Subdelegaciones son órganos operativos del Instituto Mexicano del Seguro Social. (1)
Contradicción de Sentencias Núm. 1407/07-03-01-2/Y OTRO/457/08-PL-09-01.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Fiscal de la Federación, en sesión de 7 de julio de 2008, por mayoría de 9 votos a favor, 1 voto con los puntos resolutivos y 1 voto en contra.- Magistrado Ponente: Luis Carballo Balvanera.- Ponencia asumida por el Magistrado Juan Manuel Jiménez Illescas.- Secretaria: Lic. Mónica Guadalupe Osornio Salazar.
(Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/41/2008)
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año I. No. 10. Octubre 2008. p. 7