Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 34200
Clave: V-TASR-XXIV-3210
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY DE AGUAS NACIONALES
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/11/2008 00:00
NACIONALES.- TRATÁNDOSE DE LA CONCURRENCIA SIMULTÁNEA DE SOLICITUDES DE CONCESIÓN, LA AUTORIDAD DEL AGUA, DEBERÁ SELECCIONAR LA SOLICITUD QUE OFREZCA LOS MEJORES TÉRMINOS Y CONDICIONES QUE GARANTICEN EL USO RACIONAL, EL REUSO Y LA RESTAURACIÓN DEL RECURSO HÍDRICO.- El artículo 22, fracción II de la Ley de Aguas Nacionales, establece que la Autoridad del Agua, podrá otorgar la concesión a quien la solicite en primer lugar. Asimismo, señala que si distintos solicitantes concurrieran simultáneamente, "la Autoridad del Agua" podrá proceder a seleccionar la solicitud que ofrezca los mejores términos y condiciones que garanticen el uso racional, el reuso y la restauración del recurso hídrico, entendiéndose como "concurrencia simultánea", según la definición de dicho vocablo "aquélla que se hace u ocurre al mismo tiempo que otra",de lo cual se advierte que tal connotación no implica que las solicitudes se presenten rigurosamente en el mismo momento, pues resulta imposible, que tales solicitudes se presenten en el mismo segundo, minuto y hora y se les asigne el mismo número de expediente, de ahí, que el vocablo "concurrencia simultánea" contenido en el dispositivo en mención, denota que las solicitudes sean presentadas en la misma fecha, independientemente de la hora, minuto y segundo en que fueron presentadas, de lo cual es dable concluir que, tratándose de solicitudes presentadas en la misma data, la autoridad debe proceder en los términos de la fracción II del artículo 22 de la Ley de Aguas Nacionales, es decir, seleccionando la solicitud que ofrezca los mejores términos y condiciones que garanticen el uso racional, el reuso y la restauración del recurso hídrico. (28)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 5143/06-06-02-8.- Resuelto por la Segunda Sala Regional del Noreste del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año I. No. 11. Noviembre 2008. p. 621