Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 34202
Clave: V-TASR-X-3212
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY DEL SEGURO SOCIAL
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/11/2008 00:00
SON NULOS LOS REALIZADOS CON BASE EN MOVIMIENTOS QUE LA PARTE ACTORA NIEGA LISA Y LLANAMENTE HABER EFECTUADO, FIRMADO O PRESENTADO, SI NO SE DESVIRTÚAN CON LAS PROBANZAS QUE LA AUTORIDAD OFRECE.- Cuando con motivo de la emisión de cédula de liquidación de cuotas obrero patronales, que el Instituto Mexicano del Seguro Social, pretenda cobrar por la omisión en su pago, se base en movimientos afiliatorios, avisos de altas, bajas, modificaciones de salario y reingresos de los que la parte actora niega lisa y llanamente su existencia, y que la autoridad demandada en el juicio de nulidad omita exhibir para la determinación del crédito y comprobar que dichos movimientos existen y fueron realizados, firmados y presentados por la parte actora; consecuentemente procede declarar la nulidad de la resolución impugnada, toda vez que al no ofrecer y exhibir como corresponde, la declaración de pago de cuotas obrero patronales, en las que apareciera la determinación efectuada por el patrón demandante, y que en ellas se señalen los nombres de los trabajadores y que estos coinciden plenamente con los considerados por la autoridad en la resolución controvertida, con la intención de desvirtuar la negativa lisa y llana formulada por la actora, en términos del artículo 68 del Código Fiscal de la Federación, por lo que se sigue la no acreditación de existencia del hecho que motiva la emisión de la liquidación. Por tanto, al no existir una relación laboral entre los trabajadores y el patrón, no puede nacer la obligación del pago de tal crédito, así como de la multa, que es accesoria del crédito impugnado. (30)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 4546/03-07-01-2.- Resuelto por la Primera Sala Regional de Occidente del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año I. No. 11. Noviembre 2008. p. 623