Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 34335
Clave: VI-TASS-27
Época: Sexta Época
Materia(s): INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2009 00:00
CONCEPTOS DE IMPUGNACIÓN INOPERANTES EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
ADMINISTRATIVO.- CUANDO REITERA LA INVOCACIÓN DE REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS OFRECIDAS EN EL PROCEDIMIENTO DE NULIDAD ANTE EL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, EN RELACIÓN CON EL ESTADO DE LA TÉCNICA, SIN ATACAR LOS FUNDAMENTOS Y MOTIVOS DE LA RESOLUCIÓN RECAÍDA A DICHO PROCEDIMIENTO.- Conforme al artículo 81 del Código Federal de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente, corresponde a la actora en el juicio contencioso administrativo probar su acción; lo que se traduce en la expresión de conceptos de impugnación y el acreditamiento en el juicio de que la resolución impugnada es ilegal. En consecuencia, si la demanda de juicio contencioso administrativo se limita a reiterar el texto bibliográfico de las pruebas ofrecidas en el procedimiento de origen de nulidad de registro de un modelo de utilidad, sin atacar las consideraciones expresadas por la autoridad administrativa al valorar dichas probanzas, ello se traduce en la expresión de agravios inoperantes, que no atacan los fundamentos y motivos de la resolución impugnada, que solo reiteran el contenido de las probanzas ofrecidas en el procedimiento de origen y que no desvirtúan la legalidad de dicha resolución. (1) Juicio Contencioso Administrativo Núm. 28534/06-17-09-3/366/08-PL-07-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año II. No. 14. Febrero 2009. p. 417