Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 34368
Clave: VI-TASR-XXXI-23
Época: Sexta Época
Materia(s): REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
Tipo: Jurisprudencia, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2009 00:00
FUNDAMENTACIÓN DE LA COMPETENCIA DEL SUBDELEGADO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DEBEN PRECISARSE LOS PRECEPTOS LEGALES QUE LA SUSTENTEN
MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DEBEN PRECISARSE LOS PRECEPTOS LEGALES QUE LA SUSTENTEN.- En el artículo 149 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, se establece la existencia del Subdelegado de ese Instituto como un Órgano Operativo que depende de las Delegaciones del mismo, en tanto que, en el dispositivo segundo de ese mismo ordenamiento se hace referencia a las definiciones aplicables a éste, dentro de las cuales se encuentra el subdelegado como parte de los Órganos Operativos, motivo por el cual, atento a lo razonado por nuestro Alto Tribunal, en las jurisprudencias P./J. 10/94 y 2a./J. 115/2005, deben señalarse con precisión tales dispositivos en los actos emitidos por esas entidades a efecto de poder conocer si cuenta con facultades o competencia para ello y de esa manera otorgar certidumbre al gobernado respecto a la potestad con la cual cuenta el funcionario para emitir el acto. (11) Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1129/07-03-01-3.- Resuelto por la Sala Regional del Noroeste III del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año II. No. 14. Febrero 2009. p. 502