Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 34383
Clave: VI-TASR-IX-5
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY ADUANERA
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2009 00:00
DOCUMENTACIÓN Y DECLARACIONES, CASO EN QUE NO SE ACTUALIZA.- De acuerdo con el artículo 184, fracción I de la Ley Aduanera, cometen las infracciones relacionadas con las obligaciones de presentar documentación y declaraciones, quienes, omitan presentar a las autoridades aduaneras, o lo hagan en forma extemporánea, los documentos que amparen las mercancías que importen o exporten, que transporten o que almacenen, los pedimentos, facturas, copias de las constancias de exportación, declaraciones, manifiestos o guías de carga, avisos, relaciones de mercancías y equipaje, autorizaciones, así como el documento en que conste la garantía a que se refiere el artículo 36, fracción I, inciso e) de esta ley en los casos en que la ley imponga tales obligaciones. El numeral de referencia se encuentra regulado por el principio de aplicación estricta de la ley, previsto en el diverso 5 del Código Fiscal de la Federación, por lo que, para su aplicación es necesario que la conducta o hecho que desarrolla el particular, encuadre perfectamente en la hipótesis normativa prevista por el legislador. En consecuencia, si de la resolución debatida, se desprende que la autoridad determinó que se actualizaba la infracción prevista por el artículo 184, fracción I de la ley de la materia, apoyándose para ello en el hecho de que el acta de importación temporal de remolques, semirremolques y cortacontenedores, fue presentada en copia simple y no el original, es claro que la conducta desarrollada por el actor no encuadra en la hipótesis normativa prevista en dicho artículo, pues esa distinción no se señala en forma expresa en la norma en comento. (26)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 3989/07-06-01-9.- Resuelto por la Primera Sala Regional del Noreste del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año II. No. 14. Febrero 2009. p. 518