Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 34463
Clave: VI-P-SS-127
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/2005 00:00
CONCEPTOS DE IMPUGNACIÓN. SU EXISTENCIA ATENDIENDO A LA CAUSA DE PEDIR
PEDIR.- Cuando la autoridad demandada alegue que los agravios expresados no constituyen a su juicio expresión de verdaderas causales de ilegalidad, porque técnicamente no existan como tales, esa determinación debe hacerse por el juzgador al momento de resolver el asunto, otorgando a los argumentos hechos valer el alcance correspondiente, esto es, la calificación de fundados, infundados, inoperantes o insuficientes, pero no se debe prejuzgar respecto de los mismos, por las razones que según la autoridad impiden su análisis, las cuales deberán ser analizadas a la luz de los principios derivados de la causa de pedir, conforme a los cuales, la expresión del agravio no debe responder a formalidades predeterminadas, sino a la claridad y precisión de las pretensiones deducidas y de la razón concreta en que se fundan. (19) Juicio Contencioso Administrativo Núm. 277/08-07-01-6/1272/08-PL-08-10.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año V. Tomo I. No. 49. Enero 2005. p. 29