Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 34525
Clave: VI-TASR-XXXVII-35
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/03/2009 00:00
MORAL.- Si bien en los artículos 40 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, y 165 de la Ley Federal de Procedimientos Civiles, en el juicio de nulidad, se admiten todo tipo de pruebas, como es la testimonial a cargo de las personas que conozcan de los hechos motivo de la controversia, sin embargo de la interpretación de dichas disposiciones y, dichas probanzas deben ser considerando la naturaleza misma de cada prueba que se refiera a los hechos controvertidos, y considerando la naturaleza misma del tipo de prueba, como es considerada en derecho, así pues tratándose de la prueba testimonial atendiendo a su naturaleza dicha probanza sólo procede tratándose de personas físicas, elemento necesario para que cobre plena aplicación dichas disposiciones, pues de no ser así no se estaría ante una prueba conforme a derecho, pues como bien lo señaló el magistrado instructor en el acuerdo que se recurre, la declaración de terceros a cargo de personas morales que son ficciones legales, resulta inconducente, ya que debe versar sobre la declaración que se rinda respecto de un hecho que llegó a conocimiento de quien testifica, por medio de la percepción física que puede considerarse o no idóneo, considerando las circunstancias que le den credibilidad, lo que de ningún modo puede hacerse con relación a una persona moral, que inclusive no puede ser apercibida para el caso de que incurra en falsedad, ni se le pueden hacer efectivas las medidas de apremio que al respecto se establecen en la legislación aplicable, por lo que no es factible que se ofrezca la prueba testimonial de una persona moral, por conducto de quien la represente, pues el cargo de representante puede recaer en diversas personas físicas, ajenas al hecho que se pretenda probar por no haberlo presenciado ni conocido de él, por lo tanto la prueba testimonial sólo puede ser rendida por una persona física. (39)
Recurso de Reclamación Núm. 5346/2008-05-03-1.- Resuelto por la Tercera Sala Regional del Norte Centro II del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año II. No. 15. Marzo 2009. p. 509