Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 34541
Clave: VI-TASR-XXXVI-18
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY DEL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN Y GACETAS GUBERNAMENTALES
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/03/2009 00:00
CONTROVERSIA SOBRE PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN.- PARA SU ANÁLISIS NO SE REQUIERE DE LA EXHIBICIÓN DEL DIARIO RESPECTIVO.- Acorde a lo establecido por el artículo 2 de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales, este tiene como función esencial la difusión en el territorio nacional, de las leyes, decretos, reglamentos, acuerdos, circulares, órdenes y demás actos, expedidos por los Poderes de la Federación en sus respectivos ámbitos de competencia, a fin de que estos sean aplicados y observados debidamente; lo anterior adminiculado al hecho de que los costos unitarios aplicados por la autoridad para determinar un capital constitutivo, conforman una disposición abstracta y de aplicación general, permiten concluir, que el hecho de que no haya sido exhibido como prueba por las partes, el Diario Oficial de la Federación, donde presuntamente se publicaron los costos unitarios aplicados por la autoridad, no es obstáculo para que oficiosamente, este órgano jurisdiccional no lo traiga a su vista para constatar su contenido y resolver la cuestión efectivamente planteada, al constituir un punto de derecho que no requiere ser demostrado mediante la exhibición del Diario correspondiente, sin que para ello sea menester dejar constancia del mismo en autos. (55)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 68/08-20-01-6.- Resuelto por la Sala Regional del Caribe del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año II. No. 15. Marzo 2009. p. 528