Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 34586
Clave: VI-TASR-XXXII-6
Época: Sexta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/04/2009 00:00
MULTAS FISCALES. SU NATURALEZA
Las multas fiscales tienen una naturaleza similar a las sanciones penales, y la imposición de las sanciones (penales o fiscales) tiene como finalidad mantener el orden público a través del castigo que, en mayor o menor grado, impone el Estado al que incurre en una infracción. Lo anterior, toda vez que el derecho penal tributario está estrictamente regulado por el principio de tipicidad, en cuanto a que, para que la acción u omisión sea punible, debe adecuarse con los elementos de la hipótesis de la norma violada; por tanto, si en el caso concreto no se demuestra que la conducta de la demandante se ubica en la hipótesis de infracción, resulta ilegal la multa impuesta. (4) Juicio Contencioso Administrativo Núm. 4744/08-05-02-7.- Resuelto por la Segunda Sala Regional del Norte-Centro II del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año II. No. 16. Abril 2009. p. 290