Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 34643
Clave: VI-P-2aS-186
Época: Sexta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/05/2009 00:00
GARANTÍA DEL INTERÉS FISCAL. SE TENDRÁ POR CONSTITUIDA PARA EFECTOS DE SUSPENDER LA EJECUCIÓN DEL ACTO CUANDO SE ACREDITE LA EXISTENCIA DE UN CONVENIO DE PAGO EN PARCIALIDADES
DE SUSPENDER LA EJECUCIÓN DEL ACTO CUANDO SE ACREDITE LA EXISTENCIA DE UN CONVENIO DE PAGO EN PARCIALIDADES.- Cuando el actor solicita la suspensión de la ejecución de un crédito fiscal que deriva de un convenio de pago en parcialidades respecto del cual hubiese incurrido en adeudo, se constituye a su favor la presunción de la existencia de la garantía del interés fiscal, toda vez que conforme a lo dispuesto en el artículo 66 fracción II vigente hasta 2006 y en la fracción III del artículo 66-A vigente a partir del 2007, ambos del Código Fiscal de la Federación, para la procedencia de la autorización de dicho convenio era indispensable que se hubiere constituido a favor de la autoridad fiscal garantía que amparara de manera suficiente el crédito objeto del convenio, lo que hace presumir que a fin de que se autorizara el convenio en cuestión el actor constituyó dicha garantía; presunción que deberá ser desvirtuada por la autoridad demandada. (18) Recurso de Reclamación Núm. 4706/07-11-02-1/683/08-S2-09-05.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año II. No. 17. Mayo 2009. p. 237