Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 34741
Clave: VI-P-1aS-221
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/08/2008 00:00
DEBE NEGARSE, CUANDO SE DECRETE POR EL USO A TRAVÉS DE INSTALACIONES QUE ALTEREN O IMPIDAN EL FUNCIONAMIENTO NORMAL DE LOS INSTRUMENTOS DE CONTROL O DE MEDIDA.- Los artículos 1°, 2°, 7°, 8° y 21 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, establecen que es una actividad exclusiva del Estado generar, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica; que todos los actos relacionados con el servicio público de energía eléctrica son de orden público y que la prestación de tal servicio público se realiza a través de la Comisión Federal de Electricidad, quien deberá mantener sus instalaciones en forma adecuada, para la prestación del servicio en condiciones de continuidad, eficiencia y seguridad. A su vez, los numerales 26, fracción II de la citada Ley y 35, fracción II de su Reglamento, prevén la procedencia del corte del suministro de energía eléctrica, cuando su uso se efectúe a través de instalaciones que alteren o impidan el funcionamiento normal de los instrumentos de control o de medida. Luego, si se verifica que el corte del suministro de energía eléctrica decretado en el acto impugnado, tiene sustento en la alteración de las instalaciones de los instrumentos de medida de dicho servicio, a que se refieren los artículos 26, fracción II y 35, fracción II aludidos, con arreglo a lo dispuesto por el diverso 24 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, debe negarse la suspensión solicitada, pues de lo contrario se causaría perjuicio al interés social, ya que la sociedad está interesada en que el servicio público de energía eléctrica, cuyos ingresos constituyen parte de la riqueza nacional, se preste por el Estado con estricto apego a las normas técnicas y de seguridad que lo regulan; además, se contravendrían disposiciones de orden público, como son las relacionadas con el servicio de energía eléctrica.
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Recurso de Reclamación Núm. 2808/08-03-01-8/515/09-S1-02-05.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año I. No. 8. Agosto 2008. p. 85