Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 34831
Clave: VI-TASR-XXXVII-50
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/07/2009 00:00
CINCO DÍAS HÁBILES PARA SU PRESENTACIÓN COMO NUEVO JUICIO.- El artículo 13 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en su fracción II dispone que la demanda de nulidad se presentará por escrito directamente ante la Sala Regional competente, dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a aquél en el que surta efectos la notificación de la resolución de la Sala o Sección que habiendo conocido una queja, decida que la misma es improcedente y deba tramitarse como juicio. Para ello deberá prevenir al promovente para qué presente demanda en contra de la resolución administrativa que tenga carácter definitivo. (31)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 5280/08-05-03-6.- Resuelto por la Tercera Sala Regional del Norte-Centro II del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año II. No. 19. Julio 2009. p. 361