Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 34879
Clave: VI-P-SS-174
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/08/2009 00:00
DECLARADOS ILEGALES.- De conformidad con lo previsto en los artículos 68 del Código Fiscal de la Federación, 42 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, y 8 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, los actos y resoluciones de las autoridades administrativas tienen a su favor la presunción iuris tantum de ser legales; sin embargo si el gobernado desvirtúa dicha presunción de legalidad y se declara la ilegalidad de dichos actos que sirvieron de apoyo para la emisión de otros actos o resoluciones de carácter administrativo, resulta inconcuso que éstos últimos también carecen de legalidad por descansar en actos previos que no tienen eficacia legal; por lo tanto el juzgador no debe reconocerles validez alguna. (8)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 3935/07-11-03-8/23/09-PL-05-10.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año II. No. 20. Agosto 2009. p. 86