Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 34902
Clave: VI-P-2aS-250
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2009 00:00
LA SALA SUPERIOR QUE POR TURNO CORRESPONDA.- Con fundamento en el artículo 23, fracción VII de la Ley Orgánica de este Tribunal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de diciembre de 2007, en vigor desde el 7 siguiente del mismo mes y año, son facultades de las Secciones, entre otras resolver los conflictos de competencia que se susciten entre las Salas Regionales. En ese orden de ideas, si una de las partes en el juicio plantea la incompetencia en razón del territorio a que se refiere el artículo 30, último párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, vigente desde enero de 2006, corresponderá conocer de la misma a las Secciones de la Sala Superior que por turno corresponda. (31)
Incidente de Incompetencia Núm. 5531/08-11-02-9/99/09-S2-08-06.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año II. No. 14. Febrero 2009. p. 373