Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 34970
Clave: VI-J-SS-37
Época: Sexta Época
Materia(s): REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD
Tipo: Jurisprudencia, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/09/2009 00:00
DIRECCIÓN DE POLÍTICA Y MANEJO DE RIESGOS, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD AMBIENTAL, DEPENDIENTE DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS ES AUTORIDAD EXISTENTE Y COMPETENTE PARA EMITIR REQUERIMIENTOS A LOS INTERESADOS QUE SOLICITEN MODIFICACIÓN DE UN REGISTRO DE PLAGUICIDAS
SALUD AMBIENTAL, DEPENDIENTE DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS ES AUTORIDAD EXISTENTE Y COMPETENTE PARA EMITIR REQUERIMIENTOS A LOS INTERESADOS QUE SOLICITEN MODIFICACIÓN DE UN REGISTRO DE PLAGUICIDAS.- El artículo 12 del Decreto por el que se crea la Comisión Federal para Protección Contra Riesgos Sanitarios, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de julio de 2001, establece las facultades de la Dirección General de Salud Ambiental, unidad administrativa de dicha Comisión, y en su fracción XI indica la facultad que comprende el ejercer el control y vigilancia sanitarios y expedir o revocar, en su caso, las autorizaciones sanitarias, respecto del proceso, importación, exportación y disposición final de plaguicidas, nutrientes vegetales y sustancias tóxicas o peligrosas para la salud, en coordinación con las dependencias competentes; también en el último párrafo de dicho precepto expresa que las Direcciones que ahí se citan, entre las que se encuentra la Dirección de Política y Manejo de Riesgos pueden ejercer las facultades que se establecen en dicho artículo, por lo que es evidente que dicha Dirección está facultada para emitir un requerimiento para resolver una solicitud de modificación de un registro de tipo administrativo relativo a plaguicidas, puesto que el precepto en mención se refiere a la competencia para expedir o revocar, en su caso, las autorizaciones sanitarias ahí aludidas. (1) Contradicción de Sentencias Núm. 32884/04-17-04-1/y otro/1175/08-PL-07-01.- Resuelta por el Pleno de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año II. No. 21. Septiembre 2009. p. 7