Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 35020
Clave: VI-TASR-XIX-3
Época: Sexta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/09/2009 00:00
AMPLIACIÓN DEL RECURSO DE REVOCACIÓN ANTE AUTORIDAD INCOMPETENTE. INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 120 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 120 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.- Aunque el artículo 120, párrafo segundo, del Código Fiscal de la Federación, establece exclusivamente la obligación para las autoridades incompetentes ante quien se interponga un recurso de revocación, de remitirlo a la competente para efectos de su resolución, sin aludir al proceder que deben seguir en el supuesto de que la promoción por la cual se amplía el medio de defensa, se presente ante ellas, no obstante su incompetencia, lo cierto es que a fin de salvaguardar el derecho de defensa de los gobernados, el principio contenido en ese precepto debe hacerse extensivo al ocurso de ampliación del recurso, pues además de que los recursos administrativos son procedimientos jurídicos establecidos en una ley, para obtener que la Administración Pública revise sus propios actos, confirmándolos, modificándolos o revocándolos, su razón de ser es su accesibilidad para los contribuyentes, y no que se constituyan en trampas procesales para los mismos. (3) Juicio Contencioso Administrativo Núm. 28195/07-17-08-4.- Resuelto por la Octava Sala Regional Metropolitana del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año II. No. 21. Septiembre 2009. p. 269