Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 35062
Clave: VI-TASR-XXIII-6
Época: Sexta Época
Materia(s): REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/09/2009 00:00
INCOMPETENTE PARA EMITIR RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS PROVENIENTES DE RESCISIÓN DE CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA.- Atendiendo a la garantía de legalidad consagrada en el artículo 16 constitucional, todo acto de autoridad debe provenir de autoridad competente, y en el caso, se desprende que acorde a los artículos 10, fracción XII, 33, y 36, fracción I, del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en relación con los diversos 61 y 63, de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados, las Direcciones Generales del Centro, carecen de atribuciones desde el ámbito material y territorial, para actuar en dichos términos, ya que del análisis de los preceptos en cita, no se desprende semejante facultad, que indudablemente impacta dentro de los derechos del gobernado, y trasciende en una violación a sus garantías individuales, dejándolo en notorio estado de indefensión. (45)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 959/07-09-01-2.- Resuelto por la Sala Regional del Centro II del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año II. No. 21. Septiembre 2009. p. 317