Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 35085
Clave: V-TASR-XXXVI-3253
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY DEL SEGURO SOCIAL
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/09/2009 00:00
AUTORIDAD EXISTENTE DE CONFORMIDAD A LA LEY DEL SEGURO SOCIAL VIGENTE Y EL REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EL 18 DE SEPTIEMBRE DE 2006.- Atento a lo establecido por el artículo 251 A, de la Ley del Seguro Social, vigente, el legislador previó la existencia de órganos de operación administrativa desconcentrada, como auxiliares del Instituto Mexicano del Seguro Social, para una mayor eficiencia en la administración y despacho de los asuntos de su competencia, cuyas facultades, dependencia y ámbito territorial se determinarán en el reglamento interior de dicho instituto; en ese orden de ideas, debe decirse que en ejercicio de la facultad reglamentaria prevista por el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en el artículo 251 A de la Ley del Seguro Social, el Titular del Ejecutivo Federal, expidió el Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 18 de septiembre de 2006, donde en su cardinal 2, fracción IV, inciso a), determina que las Delegaciones estatales y regionales constituyen órganos de operación administrativa desconcentrada, como los que prevé el precitado cardinal 251 A; siendo, que el numeral 142, fracción II, del referido reglamento, contempla a las Subdelegaciones (como lo es precisamente el Subdelegado en Cancún, previsto por el 155, fracción XXIII, inciso a, del reglamento en cita), como órganos operativos de las aludidas Delegaciones. En mérito de lo anterior, resulta inconcuso que la figura del Subdelegado en Cancún del Instituto Mexicano del Seguro Social, tiene pleno sustento legal, como órgano operativo, del órgano de operación administrativa desconcentrada del Instituto Mexicano del Seguro Social (Delegación Estatal en Quintana Roo), emanados del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, por disposición expresa del cardinal 251 A de la Ley del Seguro Social. (68)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 481/07-20-01-6.- Resuelto por la Sala Regional del Caribe del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año II. No. 21. Septiembre 2009. p. 344