Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 35144
Clave: VI-TASR-XXXI-29
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/10/2009 00:00
CADUCIDAD DEL PROCEDIMIENTO EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 60, ÚLTIMO PÁRRAFO, DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, SE DA CON INDEPENDENCIA DE LA EXISTENCIA DEL CONVENIO CELEBRADO POR LA AUTORIDAD Y LA DEMANDANTE
PÁRRAFO, DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, SE DA CON INDEPENDENCIA DE LA EXISTENCIA DEL CONVENIO CELEBRADO POR LA AUTORIDAD Y LA DEMANDANTE.- Opera la caducidad del procedimiento en términos del artículo 60, último párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, toda vez que con independencia de que la autoridad demandada y la actora hayan celebrado un convenio, en el que se haya pactado en el procedimiento administrativo, entre otras cosas que no operaría la caducidad y la prescripción; el procedimiento se interrumpió con la celebración del Convenio, y como consecuencia se suspendieron los plazos, en razón de que las partes que intervinieron en el mismo, establecieron derechos y obligaciones, sujetándose a su cumplimiento, sin embargo, al haber incumplido la demandante con el convenio, la autoridad inicia otro procedimiento en su contra, sin que los efectos del primer procedimiento trasciendan a éste último, en razón de que las condiciones establecidas en el convenio, como lo es, la restauración y compensación de daños ambientales causados, con las obras a las que se comprometió efectuar la actora, subsistirían hasta en tanto la parte actora cumpliera con las obligaciones pactadas, por lo que en el caso, el procedimiento iniciado nuevamente, sí es susceptible de caducidad. (19) Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2558/07-03-01-7.- Resuelto por la Sala Regional del Noroeste III del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año II. No. 22. Octubre 2009. p. 227