Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 35296
Clave: VI-TASR-XXXI-43
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/11/2009 00:00
SOBRESEIMIENTO DEL JUICIO POR INEXISTENCIA DEL ACTO IMPUGNADO. LA MANIFESTACIÓN DE LA AUTORIDAD, SIN PRUEBA ALGUNA QUE DEMUESTRE LO CONTRARIO ACTUALIZA LA HIPÓTESIS LEGAL
MANIFESTACIÓN DE LA AUTORIDAD, SIN PRUEBA ALGUNA QUE DEMUESTRE LO CONTRARIO ACTUALIZA LA HIPÓTESIS LEGAL.- Se actualiza la causal de improcedencia prevista en la fracción XI del artículo 8 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, cuando de los autos del juicio se advierte que la parte actora, al promover su medio de defensa señala que desconoce la liquidación de cuotas obrero patronales y le atribuye su existencia al Instituto Mexicano del Seguro Social, sin exhibir prueba alguna que demuestre la existencia o se presuma el acto definitivo susceptible de impugnación y que al contestar la demanda de nulidad, la autoridad manifiesta que nunca emitió tal acto, sin que resulte óbice que haya exhibido una propuesta de cédula, así como el citatorio para la aplicación del procedimiento administrativo de ejecución, toda vez que ninguno de los actos señalados revisten la calidad de acto definitivo susceptible de impugnación, pues el primero no se considera un acto definitivo susceptible de impugnación, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 39 A de la Ley del Seguro Social, al tener como única finalidad facilitar al contribuyente el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, en tanto que el segundo, es un acto previo a la notificación, que no nace a la vida jurídica hasta en tanto surta efectos la notificación, de ahí que en términos de lo establecido en el segundo párrafo del artículo 14 de la Ley Orgánica del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año II. No. 23. Noviembre 2009. p. 248