Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 35400
Clave: VI-J-SS-52
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Jurisprudencia, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/06/2009 00:00
RESPONSABLES.- De conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 79 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, cuando con motivo de la denuncia formulada por alguna de las partes en un juicio contencioso administrativo, se conozca que una de las Salas dictó sentencia en contravención de jurisprudencia, el Presidente del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año II. No. 18. Junio 2009. p. 188