Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 35450
Clave: VI-TASR-XXXVII-76
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/12/2009 00:00
JUICIO POR LA INEFICACIA A PRIORI DE LOS CONCEPTOS DE IMPUGNACIÓN.- El artículo 8, fracción X de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo establece como causal de improcedencia del juicio, cuando no se hagan valer conceptos de impugnación, esto es, para que se actualice la citada causal de improcedencia del juicio, es necesario que haya ausencia formal de conceptos de impugnación en el escrito de demanda, pero en ningún momento permite considerar que aun y cuando en la demanda el actor formalmente haga valer conceptos de impugnación en contra de la resolución impugnada, dichos conceptos se consideran inexistentes o ausentes por no tender a controvertir la fundamentación y motivación de la resolución combatida. Máxime que del análisis al escrito de demanda, se desprende que la parte actora formula argumentos lógico jurídicos tendientes a combatir los motivos de la resolución impugnada, en consecuencia, es inadmisible que para analizar la procedencia del medio de defensa, se califique a priori la eficacia de los conceptos de impugnación. (15)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 3190/09-05-03-7.- Resuelto por la Tercera Sala Regional del Norte Centro II del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año II. No. 24. Diciembre 2009. p. 231