Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 35610
Clave: VI-TASR-XIII-50
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/2010 00:00
ACUERDO 45175 DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, INCUMPLE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 5° DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL INFONAVIT, AL NO DEMOSTRARSE POR LA AUTORIDAD DEMANDADA LA EXISTENCIA DE LA PROPUESTA DEL DIRECTOR GENERAL DEL MENCIONADO INSTITUTO
NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, INCUMPLE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 5° DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL INFONAVIT, AL NO DEMOSTRARSE POR LA AUTORIDAD DEMANDADA LA EXISTENCIA DE LA PROPUESTA DEL DIRECTOR GENERAL DEL MENCIONADO INSTITUTO.- Del análisis al artículo referido, se advierte que establece que los Delegados Regionales, los Representantes de la Dirección General y el Coordinador del Distrito Federal del propio Instituto ejercerán sus facultades dentro de la circunscripción territorial que determine el Consejo de Administración a propuesta del Director General del INFONAVIT, en tal virtud, si el promovente del juicio de nulidad niega lisa y llanamente en términos del artículo 42 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, que para la emisión del Acuerdo 45175, por el que se establece la competencia referida y que fue invocado en la resolución controvertida, haya existido propuesta del Director General en la que se plantee al Consejo de Administración la circunscripción territorial de los Delegados Regionales, los Representantes de la Dirección General y el Coordinador del Distrito Federal, y no obstante la carga probatoria trasladada, la autoridad demandada no demuestra que exista la propuesta de trato, resulta inconcuso que el Acuerdo 45175 a través del cual se determina la circunscripción territorial en la que los Delegados Regionales, Representantes de la Dirección General y el Coordinador del Distrito Federal del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores ejercerán sus atribuciones en materia fiscal, no se ajusta a derecho, al haberse emitido sin observar el procedimiento expresamente establecido en el citado artículo 5° del Reglamento Interior del INFONAVIT. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 3093/08-12-01-7.- Resuelto por la Primera Sala Regional de Oriente del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 25. Enero 2010. p. 324