Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 35616
Clave: VI-TASR-XVII-4
Época: Sexta Época
Materia(s): REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/2010 00:00
COMPETENCIA DEL JEFE DE LA OFICINA PARA COBROS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. SU DEBIDA FUNDAMENTACIÓN PARA FIRMAR EN SUPLENCIA POR AUSENCIA DEL SUBDELEGADO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. SU DEBIDA FUNDAMENTACIÓN PARA FIRMAR EN SUPLENCIA POR AUSENCIA DEL SUBDELEGADO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.- En atención a que el artículo 159 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, está integrado por distintos apartados o elementos en los que se indican qué funcionarios públicos suplirán las ausencias de otros funcionarios públicos en el Instituto Mexicano del Seguro Social, para estimar que el Jefe de la Oficina para Cobros del Instituto Mexicano del Seguro Social, funda debidamente su competencia para firmar en suplencia por ausencia del Subdelegado del Instituto Mexicano del Seguro Social, debe fundar su actuación en el artículo 159, primer párrafo, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, por ser el aludido primer párrafo el que prevé que los Jefes de la Oficinas para Cobros del Instituto Mexicano del Seguro Social, suplirán las ausencias de los Subdelegados del Instituto Mexicano del Seguro Social en el despacho de los asuntos fiscales. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1982/08-14-01-7.- Resuelto por la Sala Regional del Pacífico del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 25. Enero 2010. p. 330