Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 35649
Clave: VI-TASR-EPI-198
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/2010 00:00
DIFIERA EN UNO O DOS CARACTERES DE LA MARCA REGISTRADA Y VIGENTE.- Se actualiza la confusión fonética entre una marca nominativa propuesta y una mixta registrada, cuando el signo a registrar está integrado por dos palabras, una de las cuales reproduce en forma íntegra la totalidad del elemento nominativo que integra la marca mixta citada como anterioridad, siendo coincidentes en su pronunciación y la otra es un término no distintivo.
Asimismo, existe similitud fonética en grado de confusión, aunque sólo uno o dos caracteres que componen la nueva marca sea diferente, si repite a la marca registrada y dichas letras constituyen el elemento más importante o relevante dentro de su conjunto, siendo tal diferencia poco perceptible al oído humano sino más bien ante tal semejanza, fácilmente podría confundirse el público consumidor promedio, al hacer una pronunciación rápida de las mismas, de que se trata de una misma marca o una derivación, es decir, que es una clase o subespecie de la marca ya registrada y, por lo tanto, de un mismo titular.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2495/08-EPI-01-1.- Resuelto por la Sala Regional Especializada en Materia de Propiedad Intelectual del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 25. Enero 2010. p. 366