Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 35709
Clave: VI-TASR-II-26
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2010 00:00
UNA SOLICITUD PARA QUE SE DETERMINEN LOS LÍMITES ENTRE UN PREDIO FEDERAL Y OTRO DE PROPIEDAD PRIVADA.- El juicio es improcedente en primer lugar porque la respuesta en cuestión no es una resolución definitiva, ya que sólo tiene carácter informativo indicando cuál es la autoridad competente para realizar el levantamiento topográfico, es decir, no constituye, modifica, ni extingue derechos, ni contiene determinación alguna que ocasione agravios a la actora. En segundo término, la pretensión de la actora de que se delimiten el predio de su propiedad y otro de dominio federal no es materia del juicio de nulidad, sino de diligencias de apeo y deslinde previstas por los artículos 841 del Código Civil vigente en materia federal, 513, 515 y 516 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de las que debe conocer un Juez de Distrito en Materia Civil conforme al artículo 53, fracción II de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 28780/06-17-02-3.- Resuelto por la Segunda Sala Regional Metropolitana del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 26. Febrero 2010. p. 276