Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 35766
Clave: VI-TASR-IX-27
Época: Sexta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2010 00:00
ACTOS DE EJECUCIÓN. RESULTA IMPROCEDENTE EL SOBRESEIMIENTO DEL JUICIO DE NULIDAD CUANDO EL ACTOR ALEGA DESCONOCER LOS CRÉDITOS FISCALES
DE NULIDAD CUANDO EL ACTOR ALEGA DESCONOCER LOS CRÉDITOS FISCALES.- El sobreseimiento de un juicio implica la culminación del procedimiento sin resolver el fondo de la cuestión planteada, es decir, sólo culmina la instancia, pero deja "vivo" el acto administrativo impugnado. De ahí, que en los casos en que se impugnan actos de ejecución para el cobro de un crédito igualmente impugnado pero desconocido en los términos del artículo 16, fracción II de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, lo que procede es desestimar la causal de improcedencia planteada por la autoridad y reservarse su estudio una vez que se haya analizado el fondo del asunto, que estriba, en que si el particular demandante conoce o no los créditos impugnados. En la inteligencia que, de declararse la nulidad de los créditos combatidos, por consecuencia deberán también anularse los actos de ejecución tendentes al cobro de dichos créditos; en cambio, si se reconoce la validez de los indicados adeudos fiscales, deberá estudiarse la causal de improcedencia referida, y en su caso, el análisis de la legalidad de los actos de ejecución impugnados por vicios propios. Lo anterior, atendiendo al principio de congruencia que rige las sentencias emitidas por el
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 26. Febrero 2010. p. 342