Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 35786
Clave: VI-TASR-XXVII-37
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2010 00:00
EFECTUADA POR LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR. PARA SU VALIDEZ DEBE CONTENER EL NOMBRE Y FIRMA DEL VISITADO O DE SU REPRESENTANTE LEGAL.- De la interpretación al artículo 67, fracciones V y IX, de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, se obtiene que dentro de las actas circunstancias levantadas con motivo de las visitas para verificar el cumplimiento de las disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor y de la Ley sobre Metrología y Normalización, los visitadores harán constar tanto el nombre como el cargo de la persona que los atendió asimismo, recabarán el nombre y firma de las personas que intervinieron en la diligencia. Además, si el visitado se negara a proporcionar su nombre y a firmar, así lo harán constar para que no se afecte su validez. Por lo tanto, a contrario sensu, se concluye que el precepto legal citado prevé que al concurrir la ausencia del nombre y firma del que atendió la diligencia y la omisión de la razón de los visitadores de que se negó a firmar, el acta debe anularse.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 212/09-13-01-9. Resuelto por la Primera Sala Regional del Golfo del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 26. Febrero 2010. p. 368