Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 35889
Clave: VI-TASR-EPI-262
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2010 00:00
CUANDO PERTENECEN A LA MISMA ESPECIE.- De la interpretación concatenada de los artículos 89, fracción I y 90, fracción XVI de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, pueden constituir una marca, aquéllas denominaciones y figuras visibles, suficientemente distintivas, susceptibles de identificar los productos o servicios a que se apliquen o traten de aplicarse, frente a los de su misma especie o clase; mientras que no son registrables como marcas nominativas, mixtas o innominadas que sean idénticas o semejantes en grado de confusión a otras en trámite de registro presentadas con anterioridad o a una registrada y vigente, aplicada a los mismos o similares productos o servicios. Se entiende que una marca solicitada a registro es aplicada a los mismos o similares productos o servicios de la citada como anterioridad oponible cuando tales productos o servicios a amparar pertenecen a la misma clase o especie, entendiéndose por especie, grupo de cosas por poseer las características esenciales comunes, permiten su unificación dentro de un conjunto; división de un género, la especie se subdivide en variedades, reunión de varias cosas que distingue un carácter común, calidad. En virtud de lo anterior, cuando se solicita el registro de un signo para amparar productos de una clase determinada y la marca registrada y vigente citada como oponible protege servicios de una clase diversa pero tanto los productos como los servicios pertenecen a la misma especie, es inconcuso que se actualiza la similitud de productos o servicios que contempla el artículo 90, fracción XVI de la Ley de la Propiedad Industrial.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1964/08-EPI-01-1.- Resuelto por la Sala Regional Especializada en materia de Propiedad Intelectual del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 26. Febrero 2010. p. 474