Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 35978
Clave: VI-TASR-XXXVII-99
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/03/2010 00:00
CAUSAL DE IMPROCEDENCIA Y SOBRESEIMIENTO. NO SE ACTUALIZA AL IMPUGNARSE UN OFICIO EMITIDO POR LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DONDE SANCIONE UN ACUERDO DICTADO POR EL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS, SI EN EL ESCRITO INICIAL DE DEMANDA SE HACEN VALER AGRAVIOS EN CONTRA DE ESTE ÚLTIMO
IMPUGNARSE UN OFICIO EMITIDO POR LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DONDE SANCIONE UN ACUERDO DICTADO POR EL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS, SI EN EL ESCRITO INICIAL DE DEMANDA SE HACEN VALER AGRAVIOS EN CONTRA DE ESTE ÚLTIMO.- No se actualiza la causal de improcedencia del juicio prevista en la fracción II, del artículo 8°, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, por alegarse que la resolución impugnada, es un oficio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público donde solamente se sanciona un Acuerdo emitido por la Junta Directiva del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas; toda vez que si bien es cierto, el acto impugnado lo es, entre otros, el oficio donde la citada Secretaría sanciona el Acuerdo emitido por el referido Instituto; de igual forma, no debe perderse de vista que en tal oficio se sanciona un Acuerdo que fue emitido por la Junta Directiva del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, donde se resuelve un Recurso de Reconsideración, promovido en contra de la resolución que niega el otorgamiento de pensión vitalicia a favor del beneficiario que la solicita, cuestión que afecta los intereses jurídicos de la promovente y que resulta impugnable según lo previsto en la fracción V, del artículo 14, de la Ley Orgánica del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 27. Marzo 2010. p. 378