Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 35995
Clave: VI-TASR-EPI-277
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/03/2010 00:00
ÁMBITO TERRITORIAL DE PROTECCIÓN DE LOS REGISTROS MARCARIOS
La Ley de la Propiedad Industrial, ordenamiento jurídico de carácter federal, no establece limitación alguna en cuanto al ámbito de protección territorial de los registros marcarios, es así que debe considerarse que el ámbito de protección de las marcas territorialmente es a nivel nacional; en tal virtud, es insuficiente que se afirme que la marca registrada sólo se emplea en una determinada región del país, distinta a la que se emplea con la marca propuesta a registro, ya que la protección territorial no se distingue por regiones, ni por zonas de uso de la marca, pues se entiende que una vez otorgado el registro marcario, el titular se encuentra en aptitud de explotarla en cualquier parte del territorio nacional. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 242/08-EPI-01-4.- Resuelto por la Sala Regional Especializada en materia de Propiedad Intelectual del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 27. Marzo 2010. p. 398