Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 36028
Clave: VI-TASR-EPI-310
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/03/2010 00:00
DIRECTORES GENERALES ADJUNTOS, COORDINADOR, DIRECTORES DIVISIONALES, TITULARES DE LAS OFICINAS REGIONALES Y OTROS SUBALTERNOS DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 29 DE JULIO DE 2004.- CUMPLE CON EL REQUISITO DE DEBIDA FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN LEGAL.- El acuerdo que reforma al diverso que delega facultades en los Directores Generales Adjuntos, Coordinador, Directores Divisionales, Titulares de las Oficinas Regionales y otros Subalternos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de julio de 2004, cuenta con la debida fundamentación y motivación a que se refiere el artículo 3º de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, ya que dicha reforma fue aprobada por la Junta de Gobierno del citado Instituto, con base, entre otros, en el acuerdo número 35/99/3a. de fecha 3 de septiembre de 1999, siendo que mediante nota aclaratoria publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de agosto de 2004, se adicionó el referido Acuerdo, donde se hizo constar a su vez, la aprobación de la reforma por la Junta de Gobierno del Instituto. De tal suerte que el Acuerdo de reforma antes señalado, cuenta con debida fundamentación y motivación legal, ya que en el cuerpo del mismo se contienen los elementos suficientes para colmarse tal requisito, ya que si bien en el artículo ÚNICO del referido Acuerdo, se hace referencia a que de conformidad con el acuerdo número 35/99/3a. tomado por la Junta de Gobierno del Instituto el 3 de septiembre de 1999, se reformó el artículo 1o. del Acuerdo que Delega Facultades en los Directores Generales Adjuntos, Coordinador, Directores Divisionales, Titulares de las Oficinas Regionales, Subdirectores Divisionales, Coordinadores Departamentales y otros Subalternos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1999 y dicho Acuerdo solamente está suscrito por el Director General del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial; lo cierto es que mediante la nota aclaratoria de 4 de agosto de 2004, se adicionó dicho Acuerdo, a fin de transcribir el acuerdo 25/2004/2a., por medio del cual la Junta de Gobierno en sesión celebrada el 9 de julio de 2004, aprobó el acuerdo reformatorio; de ahí que se colija que el Acuerdo de cuenta por sí mismo cuenta con los
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 27. Marzo 2010. p. 427