Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 36067
Clave: VI-P-2aS-478
Época: Sexta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/11/2009 00:00
GARANTIZAR EL CRÉDITO FISCAL EN UNA SOLICITUD DE SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA.- Conforme a los artículos 144 y 151 del Código Fiscal de la Federación, cuando se solicite la suspensión de la ejecución en contra de actos relativos al cobro de créditos de naturaleza fiscal, procederá la suspensión, y ésta surtirá efectos si se ha constituido la garantía del interés fiscal ante la autoridad ejecutora, por cualquiera de los medios permitidos por las leyes fiscales aplicables; además, en forma expresa se establece que no se ejecutarán los actos administrativos cuando se garantice el interés fiscal y se satisfagan los requisitos legales.
Asimismo, se determina que cuando en el procedimiento administrativo de ejecución ya se hubieran embargado bienes suficientes para garantizar el interés fiscal, no se exigirá garantía adicional. Por tanto, el embargo de la negociación de la actora, practicado aún como parte del Procedimiento Administrativo de Ejecución tendiente a efectuar el cobro de los créditos fiscales, válidamente puede considerarse para estimar que se encuentra garantizado el interés fiscal, sin que obste a la anterior conclusión, que previamente la actora solicitó garantizar los créditos fiscales a debate, ofreciendo la negociación, misma que no fue aceptada por no cumplir con los requisitos que le fueron exigidos, mediante un requerimiento efectuado bajo el apercibimiento de que se tendría por no aceptada la garantía ofrecida y se aplicaría el procedimiento administrativo de ejecución; tal y como aconteció en el caso, practicándose embargo de la negociación.
Recurso de Reclamación Núm. 7418/08-17-06-9/2412/09-S2-08-05.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año II. No. 23. Noviembre 2009. p. 104