Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 36087
Clave: VI-TASR-XXV-59
Época: Sexta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/04/2010 00:00
INFORMACIÓN NECESARIA PARA DETERMINAR SU VIABILIDAD.- Si bien es cierto el numeral 41-A del Código Fiscal de la Federación, dispone específicamente que las autoridades fiscales podrán solicitar a los contribuyentes, responsables solidarios o terceros, datos, informes o documentos adicionales, que consideren necesarios para aclarar la información asentada en las declaraciones de pago provisional o definitivo, del ejercicio y complementarias, así como en los avisos de compensación correspondientes, siempre que se soliciten en un plazo no mayor de tres meses siguientes a la presentación de las citadas declaraciones y avisos; lógico es que en base a la aplicación jurídica del ordenamiento legal en cita, se delata ilegal una resolución mediante la cual se determinen improcedentes las compensaciones pretendidas sin que previamente la autoridad hubiere realizado requerimiento alguno de información para determinar su viabilidad, habida cuenta que irroga la garantía de audiencia jurídica Constitucional.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2425/08-01-01-8.- Resuelto por la Sala Regional del Noroeste I del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 28. Abril 2010. p. 154