Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 36170
Clave: VI-P-1aS-319
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/05/2010 00:00
SANCIONES A SERVIDORES PÚBLICOS QUE LES SUSPENDAN TEMPORALMENTE DE SU CARGO O EMPLEO.- La suspensión temporal es una interrupción del servicio que tiende a sancionar al infractor con motivo de una falta que no resulta demasiado grave, de donde se sigue que su finalidad es corregir al servidor previniéndolo para que continúe desempeñando sus labores pero de manera eficaz, ajustándose a las disposiciones correspondientes. Es por ello que en el caso de inhabilitaciones o ceses no puede otorgarse la suspensión provisional respecto de un servidor público decretado como sancionado por una falta grave, pues de concederse la medida cautelar y de llegarse a reconocer la validez en la sentencia definitiva, implicaría una afectación al interés público en el servicio público. Así, es distinto el supuesto de suspensión temporal del servidor público en su cargo, ya que no se trata de salvaguardar el servicio de manera directa, sino de sancionar con efectos preventivos al actor, de ahí que en ese supuesto sí sea procedente conceder la medida cautelar, ya que si finalmente el actor pierde el juicio continuará cumplimentando el tiempo que reste de la sanción que se le haya impuesto, no obstante, si la medida cautelar no se concede, se causarían daños y perjuicios de difícil reparación al actor, pues su imagen se vería desacreditada, aspecto que no se repararía, ni aun obteniendo sentencia favorable en el juicio.
Recurso de Reclamación Núm. 1803/09-13-01-2/2893/09-S1-03-05.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 29. Mayo 2010. p. 41