Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Resultado 49424 de 329591
Tesis
Registro digital: 36208
Clave: VI-TASR-VII-17
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY DEL SEGURO SOCIAL
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/05/2010 00:00
AMPLIACIÓN DE DEMANDA. PROCEDE RECONOCER LA VALIDEZ DEL ACTO IMPUGNADO QUE SE MANIFESTÓ DESCONOCER EN EL ESCRITO INICIAL DE DEMANDA AL PRECLUIRLE AL DEMANDANTE EL DERECHO PARA AMPLIAR LA MISMA
IMPUGNADO QUE SE MANIFESTÓ DESCONOCER EN EL ESCRITO INICIAL DE DEMANDA AL PRECLUIRLE AL DEMANDANTE EL DERECHO PARA AMPLIAR LA MISMA.- Efectivamente, al haber precluido el derecho de la parte actora para ampliar su demanda, se le tiene por no expresado concepto de anulación alguno en contra de los documentos que en su escrito inicial de demanda manifestó desconocer, como es el caso de las cédulas de liquidación de cuotas correspondientes a los créditos fiscales impugnados y plenamente identificados, por lo que al desatender la impetrante la oportunidad que justifica la ampliación de su demanda, en consecuencia, en términos del artículo 68 del Código Fiscal de la Federación, es procedente conformar la presunción de legalidad de las referidas resoluciones y de su notificación, en razón de que atento a lo dispuesto en el artículo 17, fracción III, en relación con el artículo 16, fracción II ambos de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, el momento procesal oportuno para criticar aquellos actos que el particular alegue no conocer, es justamente en la ampliación de la demanda y al no haber hecho uso de tal oportunidad, es causa justificada para que esta Sala Regional reconozca la validez de tales actos de autoridad, al no desvirtuar la actora la legalidad de la notificación del acto impugnado. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 687/09-02-01-2.- Resuelto por la Sala Regional del Noroeste II del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 29. Mayo 2010. p. 193