Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 36234
Clave: VI-TASR-XVII-6
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/05/2010 00:00
TRATÁNDOSE DE DOCUMENTOS CONFIDENCIALES.- En esencia dicha probanza no se trata de una prueba de inspección judicial sino que consiste propiamente en una prueba documental, por lo que no es factible su admisión como tal, no obstante de que la parte oferente manifieste que no se encuentra en condiciones de exhibir las documentales que serían objeto de la prueba de inspección judicial, pues se trata de documentos confidenciales, ya que contienen información privada que está obligada a mantener en secrecía por cuestiones de seguridad, habida cuenta que en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, aun cuando la información contenida en los documentos objeto de la prueba de inspección judicial, tuviere el carácter de confidencial, al momento de dictarse sentencia definitiva y hacer referencia, en su caso, a tal información, al hacerse pública la sentencia del juicio de nulidad, ésta se publicaría sin sus datos personales por existir manifestación expresa en ese sentido, y si hubiere sido el caso de que no hubiere tal manifestación, de cualquier forma al hacerse pública la sentencia se publicaría sin sus datos personales, pues la falta de oposición conlleva el no consentimiento para que la sentencia respectiva se publique con sus datos personales, en consecuencia, es de concluirse que al hacerse pública la sentencia que en su momento se dicte en el juicio de nulidad, ésta se publicará indefectiblemente sin los datos personales confidenciales.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 722/08-14-01-7.- Resuelto por la Sala Regional del Pacífico del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 29. Mayo 2010. p. 225