Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 36244
Clave: VI-TASR-XXXVI-98
Época: Sexta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/05/2010 00:00
APORTACIONES PATRONALES OMISAS.- SUPUESTO EN EL CUAL NO SE ACREDITA SU EFECTIVA ENTREGA AL INTERESADO.- Si tanto en la propia resolución determinante, como en sus constancias de notificación, la autoridad refiere haber entregado como documento anexo la relación de los trabajadores por los que se emite la liquidación y por su parte, la actora exhibe el acto impugnado como afirma que le fue entregado por la fiscalizadora, sin que se advierta que obre en el texto de la misma tal circunstancia, ni como anexo al propio acto, por lo que niega dicha cuestión; y aunado a ello, con motivo de su contestación a la demanda, la enjuiciada exhibe copia certificada de dicho acto, en los términos en que alega que le fue notificado a la ocursante, de cuyo análisis se advierte que coincide en su contenido con el aportado por la promovente, empero, coincide igualmente respecto de la falta del anexo relativo a la información de los trabajadores por los cuales se emitió la liquidación; resulta inconcuso que lo anterior denota que en los términos en que fue efectivamente notificada la resolución impugnada al interesado, se contraviene la debida fundamentación y motivación legal que exige el artículo 38, fracción IV, del Código Fiscal de la Federación, ya que no se asentó en su texto la información de los trabajadores de mérito ni se anexó en documento diverso; lo anterior, con independencia de lo señalado tanto en el acto controvertido como en su respectiva constancia de notificación.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 465/09-20-01-6. - Resuelto por la Sala Regional del Caribe del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 29. Mayo 2010. p. 238