Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 36500
Clave: VI-TASR-XXIII-32
Época: Sexta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/07/2010 00:00
DE LAS CONTRIBUCIONES.- El artículo 42 primer párrafo del Código Fiscal de la Federación establece que las autoridades podrán comprobar el exacto cumplimiento de disposiciones fiscales y en su caso determinar las contribuciones o los créditos fiscales; y si por crédito fiscal conforme a lo dispuesto en el 4 del mismo ordenamiento, entendemos todo aquello que tiene derecho a percibir el estado que provenga entre otros de contribuciones o sus accesorios, en consecuencia es claro que la autoridad puede determinar con motivo del ejercicio de sus facultades de comprobación, contribuciones federales y sus correspondientes accesorios.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2259/08-09-01-3.- Resuelto por Sala Regional del Centro II del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 31. Julio 2010. p. 261