Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 36731
Clave: VI-P-SS-338
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/10/2010 00:00
PARA EL RETIRO. LA IMAGEN DEL ÁRBOL CON LA LEYENDA "EN TU AFORE SIEMBRA Y COSECHA", ASÍ COMO EL ÍCONO "www.e-sar.com.mx", NO CORRESPONDEN A NINGUNO DE LOS ELEMENTOS QUE DEBEN CONTENER LOS FORMATOS DE SOLICITUD DE REGISTRO Y CONSTANCIA DE REGISTRO PARA EL TRASPASO DE CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES.- El artículo 5°, fracciones I y II de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro disponen que, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro tiene facultades para expedir disposiciones de carácter general para regular lo relativo a las operaciones de los sistemas de ahorro para el retiro, la recepción, depósito, transmisión, manejo e intercambio de aportaciones correspondientes a dichos sistemas, así como transmisión, manejo e intercambio de información entre las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los institutos de seguridad social y los participantes en los sistemas, determinando los procedimientos para su buen funcionamiento, así también para expedir disposiciones de carácter general a las que deben sujetarse éstos, en cuanto a la constitución, organización, funcionamiento, operaciones y participación en ellos. En el caso, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro aprobó el 08 de marzo de 2007 la Circular CONSAR 28-16 Modificaciones y adiciones a las Reglas Generales a las que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR para el traspaso de cuentas individuales de los Trabajadores. Si bien la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro está facultada legalmente para emitir disposiciones de carácter general y, por ello regular el funcionamiento de las Administradoras de Fondos para el Retiro y establecer los lineamientos que se deben seguir en los formatos de solicitud de registro y constancia de registro, de las disposiciones aplicables no se desprende que la Comisión pueda establecer se incorpore información ajena a la materia del acto de registro y la constancia respectiva. Por tal razón, la imagen del árbol con la leyenda "EN TU AFORE SIEMBRA Y COSECHA", así como el ícono "www.e- sar.com.mx", no corresponde a ninguno de los elementos que deben contener los formatos de solicitud de registro y constancia de registro, ya que no tienen que ver con la relación legal y comercial entre el trabajador y la administradora, pues el primero se trata de un lema del gobierno y el segundo conecta con la Base Nacional de Datos del Sistema de Ahorro para el
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 34. Octubre 2010. p. 127