Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Mostrando solo tesis del 01/10/2010
Tesis
Registro digital: 36786
Clave: VI-TASR-V-18
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/10/2010 00:00
DEMANDA SUPUESTO EN QUE PROCEDE CONCEDER TÉRMINO PARA UNA SEGUNDA AMPLIACIÓN
SEGUNDA AMPLIACIÓN.- Cuando con motivo de la contestación de la ampliación de demanda se introduzcan cuestiones que sean desconocidas por la actora al momento de presentar su demanda, procede conceder término para una segunda ampliación en relación con dichas cuestiones desconocidas, para evitar dejarlo en estado de indefensión respecto de los argumentos y pruebas que fueron expuestos y aportadas por su contraria. Lo anterior es así, toda vez que el artículo 17 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo no debe interpretarse literalmente, ni desvinculado de la dinámica del proceso postulatorio y probatorio derivado del esquema que plantean los artículos 16, 17, 20, fracción VI, y 21, fracción V y antepenúltimo párrafo del mismo ordenamiento legal. En efecto, si la ley autoriza a la demandada para aportar las pruebas que estime pertinentes en la contestación y en la contestación a la ampliación de demanda, con el objeto de que pueda demostrar sus excepciones y defensas, y en uso de tal derecho introduce al formular la contestación a la ampliación una cuestión desconocida por el actor, es obvio que no se puede ni debe coartar el derecho de éste para argumentar y probar en contra de la misma, aun cuando el artículo 17 no lo diga expresamente, toda vez que se vulneraría el principio de igualdad procesal de las partes y se produciría un estado de indefensión que pudiera trascender al resultado del fallo. Recurso de Reclamación Núm. 6402/08-17-05-9.- Resuelto por la Quinta Sala Regional Metropolitana del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 34. Octubre 2010. p. 445