Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 36816
Clave: VI-TASR-XII-II-60
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/10/2010 00:00
EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO DEL CUAL DERIVA LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA CUANDO ÉSTE INCLUYE LAS DOCUMENTALES PRIVADAS QUE EL ACTOR OFRECIÓ EN SEDE ADMINISTRATIVA, NO PUEDE SUBSANARSE AL CONTESTAR LA AMPLIACIÓN A LA DEMANDA.- Es de explorado derecho que el juicio contencioso administrativo se integra por etapas procesales que se desarrollan en forma sucesiva, mediante la culminación definitiva de cada una de ellas, impidiéndose el regreso a momentos procesales ya extinguidos o consumados; por lo que si la autoridad demandada exhibe hasta la contestación a la ampliación de la demanda las pruebas consistentes en los escritos presentados por el actor en sede administrativa durante la etapa de fiscalización que forman parte del expediente administrativo, ello es extemporáneo y, por ende dichos escritos carecen de eficacia jurídica, pues ello debe ser realizado a su contestación a la demanda, pues en aquel momento ya obraban jurídicamente en su poder y así los había ofrecido el actor desde su memorial de demanda.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 5959/09-11-02-6.- Resuelta por la Segunda Sala Regional Hidalgo-México del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 34. Octubre 2010. p. 483