Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 36846
Clave: VI-TASR-XL-34
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/10/2010 00:00
EMPRESARIALES. LOS CONTRIBUYENTES QUE TRIBUTEN BAJO ESE RÉGIMEN ESTÁN OBLIGADOS A LLEVAR SU CONTABILIDAD EN TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 133, FRACCIÓN II Y 134, FRACCIÓN I, AMBOS DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEBIENDO CUMPLIR ADEMÁS CON LAS OBLIGACIONES QUE AL EFECTO SEÑALE EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA EN LA GUÍA DE OBSERVACIONES QUE AL EFECTO EXPIDA.- De una correcta interpretación de los artículos 133, fracción II y 134, fracción I, ambos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se advierte que los contribuyentes sujetos a la Sección II, del Régimen Intermedio de las Personas Físicas con Actividades Empresariales, no están exentas de llevar contabilidad, sino que tienen la facilidad de llevar un solo libro de ingresos, egresos y de registro de inversiones y deducciones, en lugar de llevar la contabilidad a que se refiere la fracción II del artículo 133 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, sujeta a las exigencias y formalidades previstas en el Código Fiscal de la Federación y en su Reglamento. De manera que si la autoridad solicitó, entre otra documentación, la consistente en la declaración anual, pagos provisionales, libro de ingresos, egresos y registro de inversiones y deducciones, estados de cuenta bancarios, contratos celebrados con clientes y proveedores de bienes y/o servicios incluyendo anexos y estimaciones, al formar parte todos ellos de la contabilidad del contribuyente, éste se encontraba obligado a exhibirlos de conformidad con las disposiciones legales precisadas.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2635/09-13-02-7.- Resuelto por la Segunda Sala Regional del Golfo del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 34. Octubre 2010. p. 514