Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 37007
Clave: VI-P-2aS-632
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/12/2010 00:00
MEDIDA CAUTELAR. PROCEDE SU CONCESIÓN PARA EVITAR DAÑOS IRREPARABLES AL COPROPIETARIO POR EL REMATE DE LOS BIENES EMBARGADOS VÍA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN
IRREPARABLES AL COPROPIETARIO POR EL REMATE DE LOS BIENES EMBARGADOS VÍA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN.- El artículo 24 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo dispone que, ya incoado el juicio contencioso administrativo, pueden decretarse todas las medidas cautelares necesarias para mantener la situación de hecho existente que impidan que la resolución impugnada pueda dejar el litigio sin materia o causar un daño irreparable al actor, excepto cuando se cause perjuicio al interés social o se contravengan disposiciones de orden público. En esos términos, en los casos en que el demandante controvierta un embargo practicado por la autoridad mediante el procedimiento administrativo de ejecución, respecto de la parte alícuota de un bien inmueble de la cual es copropietario, y dicho embargo se haya realizado a fin de hacer efectivo un crédito fiscal determinado a un tercero; procede conceder una medida cautelar para el efecto de que se resguarde el referido bien inmueble, a fin de que no sea rematado, ello hasta en tanto se resuelva el fondo del asunto, pues de no ser así se le podría causar un daño irreparable, ya que de rematarse el inmueble del cual es copropietario se vería afectado, pudiendo incluso no conservarse viva la materia del juicio; además de que con el otorgamiento de dicha medida no se contravienen disposiciones de orden público ni se afecta al interés social. Recurso de Reclamación Núm. 1400/09-02-01-8/468/10-S2-07-05.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 36. Diciembre 2010. p. 20