Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 37012
Clave: VI-P-2aS-638
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/12/2010 00:00
SUSPENSIÓN. ES IMPROCEDENTE CONCEDERLA RESPECTO DE RESOLUCIONES QUE DETERMINEN LA RESCISIÓN DE UN CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA
QUE DETERMINEN LA RESCISIÓN DE UN CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA.- El artículo 24, primer párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se refiere en términos generales a todas las medidas cautelares que pueden decretarse una vez iniciado el juicio, a fin de mantener la situación de hecho existente e impedir que la resolución impugnada pueda dejar el litigio sin materia o causar un daño irreparable al actor; sin embargo, se condiciona el otorgamiento de tales medidas a que no se cause perjuicio al interés social ni se contravengan disposiciones de orden público. En ese orden de ideas, si por medio de la resolución impugnada se rescindió un contrato de prestación de servicios de seguridad privada porque la demandante no demostró contar con una autorización o revalidación vigentes, y ella pide la suspensión para que se le permita seguir llevando a cabo tal actividad, de concederse se causaría perjuicio al interés social y se contravendrían disposiciones de orden público, como son los artículos 16, 19 y 23, de la Ley Federal de Seguridad Privada, al permitirse que un particular preste los servicios relativos sin autorización o su revalidación vigentes que resultan indispensables, conforme a tales preceptos y considerando el bien jurídicamente tutelado que es la integridad humana, pues según el acuerdo de voluntades rescindido la contratista prestaría servicios para la protección y salvaguarda de las personas y bienes que emplea y conserva la contratante. Recurso de Reclamación Núm. 32405/07-17-09-2/1149/10-S2-06-05.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 36. Diciembre 2010. p. 52